Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga condena a Unicaja por cláusula abusiva: el comprador de apartamento turístico sigue siendo consumidor

Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga condena a Unicaja por cláusula abusiva: el comprador de apartamento turístico sigue siendo consumidor

La Audiencia Provincial de Málaga ha confirmado la condena a Unicaja al rechazar el intento del banco de despojar de la condición de consumidor a un cliente que adquirió un apartamento en el complejo hotelero Guadalpin Playa Banús mediante préstamo hipotecario. La entidad defendía que, por el destino turístico del inmueble y el elevado precio, el prestatario debía ser considerado empresario y, por tanto, quedar fuera del ámbito de protección de consumo.

En primera instancia, el Juzgado de Primera Instancia nº 20 de Málaga ya había declarado la nulidad por abusiva de la cláusula suelo incluida en la hipoteca, condenando a Unicaja a devolver al afectado 37.451 euros más intereses legales y costas por las cantidades cobradas de más. Frente a esta resolución, el banco recurrió en apelación insistiendo en la supuesta naturaleza profesional de la operación para evitar el control de transparencia y la aplicación de la normativa de consumidores.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Málaga, en su sentencia 101/2026, integrada por los magistrados Manuel Torres Vela, Manuel Ramos Villalta y Rosa Fernández Labella, desestima íntegramente el recurso de Unicaja. El tribunal subraya que ni en la escritura de préstamo ni en la prueba practicada aparece que el cliente desarrollara una actividad empresarial ligada a la explotación hotelera del inmueble.​

Apoyándose en la doctrina del Tribunal Supremo, y en particular en la sentencia 35/2018, la Audiencia recuerda que el hecho de invertir en un apartamento en un complejo destinado a explotación turística no convierte automáticamente al comprador en empresario. Que un consumidor busque rentabilizar sus ahorros mediante una inversión inmobiliaria no elimina su condición de usuario protegido mientras esa actividad no constituya su dedicación principal.

En consecuencia, la Audiencia Provincial mantiene la nulidad de la cláusula suelo por falta de transparencia y calificación de abusiva, y confirma la obligación de Unicaja de restituir las cantidades indebidamente percibidas con sus intereses. La resolución refuerza la protección de los compradores de apartamentos turísticos frente a cláusulas bancarias abusivas cuando actúan como consumidores y no como profesionales del sector inmobiliario.