siendo expertos en la lucha contra los abusos sociales
que abarcan todas las especialidades necesarias, garantizando la asistencia profesional de máximo rigor y eficiencia en el tratamiento de cada asunto, de manera personalizada
casos llevados desde 1981
expertos que complementan los servicios del bufete, concretamente en derecho laboral, mercantil, y en propiedad industrial y propiedad intelectual
en las 17 comunidades autónomas así como a nivel internacional
defendiendo los intereses de nuestros clientes ante Juzgados y Tribunales de toda España
AESB es un despacho de abogados con más de 42 años ultraespecializado en derecho del seguro y derecho bancario, ofreciendo soluciones ágiles en una variedad de áreas dentro del sector de la lucha en la defensa de los intereses de los consumidores, particulares, trabajadores y pequeña empresa frente a la gran corporación.
Nuestro servicio de litigación abarca procedimientos judiciales en áreas civiles, penales, administrativas y sociales.
Nuestro servicio de Derecho Bancario se enfoca en proteger tus derechos contra la banca, especialmente en casos relacionados con cláusulas abusivas y productos financieros tóxicos o complejos.
Recuperamos 234.000€ por responsabilidad bancariaderivada de un ciberataque. Sentencia 201/2021 dictada por el Juzgado dePrimera Instancia 20 de Barcelona, de 8/10/2021:
“Nos encontramos ante una transferencia que según la actora no autorizó y que fue abonada por (el banco). Ante esto, es a el banco, quien le corresponde, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.1 anteriormente citado, acreditar que la “operación de pago fue autenticada,registrada con exactitud y contabilizada, y que no se vio afectada por un fallotécnico u otra deficiencia del servicio prestado por el proveedor de serviciosde pago”.Conseguimos recuperar 243.741,90 € a una Comunidad de Propietarios de Palma de Mallorca.Los daños fueron provocados por un incendio originado en un local comercial, y conseguimos llegar a un acuerdo extrajudicial con la compañía de seguros del local causante del siniestro. Los daños en el edificio y en las viviendas, han sido íntegramente reparados.
El Auto que homologó judicialmente el acuerdo fue dictado el 25 de julio de 2019 por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Palma de Mallorca, con Nº de Auto 212/2019, en el Procedimiento Civil nº 378/2018 – Juicio Ordinario.
Eliminamos el clausulado de una hipoteca multidivisa suscrita con francos suizos, más la devolución de todo lo abonado indebidamente. Sentencia 668/2019 dictada por el Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona, de 18/2/2019:“Es difícil de creer que una persona sin conocimientos financieros, como se desprende del documento número 4 de la demanda, acuda a una entidad bancaria para solicitar la suscripción de un producto financiero complejo, como un préstamo multidivisa con la garantía de su vivienda, sin haber sido previamente informado sobre su funcionamiento y los riesgos asociados”. Recuperamos 71.465,72 € por los daños sufridos en una pequeña embarcación, como consecuencia de la “tormenta Gloria”, si bien se declara la responsabilidad del astillero. Sentencia 199/2022, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 52 Barcelona, de 29/7/2022:“No se ha acreditado cual fue el concreto origen del impacto en la embarcación -si la botavara o la colisión contra otra embarcación-, pero la determinación de la causa remota no exime a .S.A. –como depositaria- de acreditar por qué no retiro a tiempo el objeto depositado”.
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