Abogados expertos en preferentes en Barcelona | Defensa pionera de afectados por productos financieros complejos

Abogados expertos en preferentes en Barcelona | Defensa pionera de afectados por productos financieros complejos


El martes 7 de mayo de 2013, el diario «El Mundo» publicó un artículo sobre una de las primeras reclamaciones judiciales en este ámbito, impulsada por nuestro abogado asociado Antonio Gallardo, autor de la demanda.

El caso se basaba en un error en el consentimiento de los clientes, a quienes se les ofrecieron productos financieros de alto riesgo como si se tratara de inversiones seguras y reembolsables.


Falta de información y vulneración de la normativa MiFID

Estas prácticas ocurrieron antes de la entrada en vigor de la normativa MiFID, que obliga a las entidades bancarias a evaluar los conocimientos financieros de los clientes antes de recomendarles productos de inversión.
Como consecuencia, miles de ahorradores en Barcelona y toda España perdieron sus ahorros al descubrir que las preferentes eran títulos perpetuos, sin vencimiento y con alto riesgo de pérdida del capital.


La Sentencia que se dictó, con número 46/2014, de 3 de marzo de 2014, por el Juzgado de Primera Instancia nº 46 de Barcelona declaró la nulidad de los contratos de preferentes y Valores, obligando al banco a devolver más de 295.000 euros a los afectados, además de los intereses legales y las costas judiciales.

El tribunal reconoció que los inversores, un matrimonio y su hija, no tenían formación financiera suficiente para comprender el producto, y que el banco incumplió su deber de información y vulneró el principio de transparencia.
Esta resolución supuso una victoria judicial pionera en Barcelona, creando un precedente legal clave para futuras reclamaciones.


La Sección 13ª de la Audiencia Provincial de Barcelona confirmó la nulidad, mediante su Sentencia número 177/2015, de 28 de mayo de 2015, consolidando un criterio judicial favorable a los consumidores.

El tribunal destacó tres aspectos fundamentales:

  1. El producto era perpetuo y de alto riesgo, sujeto a la solvencia del emisor.
  2. El pago de intereses no estaba garantizado.
  3. La liquidez dependía del mercado secundario, lo que podía ocasionar pérdidas casi totales.

Asimismo, la sentencia subrayó la relevancia de la Directiva MiFID y los artículos 7 y 1258 del Código Civil, que exigen diligencia, buena fe y transparencia a las entidades financieras.


Referente en reclamaciones bancarias en Barcelona

Este caso se convirtió en un hito jurídico en la defensa del consumidor financiero, marcando un antes y un después en las reclamaciones por preferentes en España.
Gracias a nuestra experiencia en litigios bancarios, nuestro despacho es un referente nacional en casos de nulidad de participaciones preferentes, bonos convertibles y otros productos financieros complejos.


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