Un caso paradigmático de negligencia médica en Cataluña concluyó con una sentencia ejemplar: el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña condenó a la sanidad pública a indemnizar a una paciente con 600.000 euros más 180.000 euros en intereses, por las graves lesiones sufridas tras un parto complicado en un hospital barcelonés. Esta indemnización, de las mayores en España por daños médicos, fue fruto de una larga batalla judicial que puso el foco sobre los derechos del paciente y la responsabilidad objetiva de la Administración sanitaria.
Origen del caso: mala praxis en el parto
Hace 16 años, la mujer ingresó para dar a luz a su primer hijo. El parto presentó complicaciones y los médicos decidieron recurrir al uso de fórceps en lugar de optar por una cesárea, que estaba claramente indicada según el informe pericial de la Cátedra de Medicina Legal. El uso incorrecto de los fórceps durante el parto provocó a la paciente una grave fractura en la articulación sacroilíaca, desencadenando severas secuelas funcionales: incontinencia, imposibilidad de mantener relaciones sexuales por dolor y degeneración progresiva en las piernas que hoy la obliga a utilizar silla de ruedas.
Argumentos médicos y legales
El informe pericial fue determinante: estableció que practicar una cesárea era la única opción apropiada para evitar riesgos graves en este caso, ya que no existían contraindicaciones médicas que lo desaconsejaran. El fallo de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJC se apoyó en que la falta de cesárea fue la causa directa de las lesiones, y que los médicos no actuaron con la diligencia exigible. Así, la sentencia subrayó la existencia de una absoluta responsabilidad objetiva de la Administración, donde basta acreditar la relación causal entre la mala praxis y el daño, sea o no demostrable la culpa directa del profesional sanitario involucrado.
Daños y repercusiones vitales
El deterioro físico y la progresiva invalidez de la víctima se agravaron a lo largo del proceso judicial, motivo por el que el Instituto Nacional de la Seguridad Social reconoció su situación como de «gran invalidez». A pesar de los tratamientos y la rehabilitación, su calidad de vida quedó gravemente comprometida, con impacto directo en todas las esferas de su vida personal y familiar, hasta el punto de no poder tener más hijos ni disfrutar de una vida cotidiana con plena autonomía.
Proceso judicial y ejecución de la sentencia
Durante el litigio, los abogados de la sanidad catalana intentaron sostener la prescripción de la responsabilidad, alegato finalmente desestimado tras constatar el nexo de causalidad entre el daño y la actuación médica. Los magistrados reconocieron la extrema gravedad del caso y, aunque la indemnización podría haber sido aun mayor, fijaron la cuantía teniendo en cuenta los criterios de proporcionalidad y la evolución de las secuelas.
Este caso resalta la importancia de contar con un despacho de abogados especializado en negligencias médicas, dada la complejidad técnica y jurídica de estas reclamaciones.